HISTORIA DE LA EDUCACION Y DE LOS EDIFICIOS ESCOLARES EN RIOSA

 



HISTORIA DE LA EDUCACION Y DE LOS EDIFICIOS ESCOLARES EN RIOSA

Escuelas de la Vega de Riosa en el año 1919. Las escuelas de la Vega no eran mixtas, las niñas ocupaban el aula de la derecha y los niños, la de la izquierda:


EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL Y DE LAS CONSTRUCCIONES ESCOLARES A PARTIR DE LA CONSTITUCIÓN DE CADIZ de 1812.
  Aunque suponga un poco de esfuerzo leer la parte introductoria de nuestro trabajo, por su extensión, antes de hacer una referencia directa al Concejo de Riosa, consideramos interesante referirnos a la Educación en general y a los edificios escolares en España y sus hitos más significativos a partir de la CONSTITUCIÓN DE CADIZ de 1812 y hasta el año 2006.
 Para su estudio y análisis vamos a seguir, fundamentalmente, dos publicaciones: El Sistema Educativo Español. Madrid: MECD/CIDE - Evolución del Sistema Educativo Español - y la HISTORIA DE LAS CONSTRUCCIONES ESCOLARES EN ESPAÑA, en el periodo que va desde la Constitución de Cádiz de 1812 hasta el año 1975, de D. Emilio Lázaro Flores, Inspector General de Servicios.

INTRODUCCIÓN.-

    Para el buen funcionamiento de la enseñanza pública, consideramos necesarios tres elementos fundamentales:
    a) En primer lugar, uno que consideramos imprescindible y que está por encima de todos los demás: El maestro o profesor.
    b) El local donde se imparte la enseñanza. Si bien puede existir enseñanza sin un local con este específico destino, creemos que el contar con un edificio destinado a este fin es esencial y básico para el buen funcionamiento de la escuela pública.
    c) Otro instrumento que consideramos importante sería el equipamiento, entendiendo como tal todo lo complementario del edificio.
    Un aspecto negativo, que ha constituido una autentica rémora en el desarrollo de la educación española ha sido el déficit crónico de escuelas que, incluso, aunque en menor medida, ha llegado  hasta épocas no tan lejanas en el tiempo. En la actualidad,  el gran descenso de natalidad, aunque sea algo negativo, ha ayudado  a que este problema, prácticamente haya desaparecido.

LA CONSTITUCIÓN DE CADIZ DE 1812

    Un hito fundamental en la historia de la Educación y en concreto de las Escuela Pública o Nacional, lo constituye la Constitución de 1812, popularmente conocida como la “PEPA”. Esta Constitución pasará a la Historia por ser la única de entre las españolas que dedica un Título exclusivamente a la Educación, tal es la importancia que daba al tema educativo, concretamente el Título IX – La Instrucción Pública - (arts.366 a 371). No hay duda que al dedicar este Título a la Instrucción Pública, los diputados lo hacían en reconocimiento a los hombres de La Ilustración; la fe en la educación básica común a todos los hombres, la conveniencia de la gratuidad total de la institución elemental, la necesidad de un plan general de la instrucción pública, son ideas que los prohombres asturianos JOVELLANOS o CAMPOAMOR, habían defendido con tenacidad por toda España. La educación aparece no sólo como factor de progreso sino también como elemento básico del nuevo régimen político que nace. Los liberales son conscientes de que una democracia estable solo es posible si se cuenta con una población educada para la libertad, una población sabedora de sus derechos y obligaciones, forjada en la difícil virtud de la convivencia y la tolerancia.
    Según el “informe Quintana” de 1813 (“El informe para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de Instrucción Pública”), la instrucción pública debe ser universal – extensible a todos -, pública –para todos los ciudadanos-, gratuita, uniforme y libre. El informe Quintana fue convertido en norma legal en 1921, con algunas modificaciones (Reglamento General de la Instrucción Pública).
    El esquema básico trazado por la Constitución de 1812 para los nuevos tiempos, se basa en tres grados:
- Una primera enseñanza de extrema importancia para la Nación.
    En el art. 366, se determina que en todos los pueblos de la Monarquía se establecerán Escuelas de Primeras Letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir, y contar y el catecismo de la Religión Católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles.
- Una segunda Enseñanza, cuya ausencia en aquel momento es la principal causa de atraso en que se hallaba la educación (este era el sentir de la Comisión de Instrucción Pública de Las Cortes, en su informe).
- Una tercera Enseñanza, que será la que facilite la preparación para el ejercicio profesional.
    “En 1823 se restablece el poder absoluto de Fernando VII como consecuencia de la intervención de las tropas francesas. Durante los diez años que dura esta época —el rey muere en 1833—, la reacción absolutista llega con la derogación del Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 y la posterior promulgación del Plan literario de estudios y arreglo general de las universidades del Reino (1824), del Plan y Reglamento de escuelas de primeras letras del Reino (1825), y del Reglamento general de las escuelas de latinidad y colegios de humanidades (1826)”. Estas reformas, que se denominaron Plan de Calomarde, por ser éste el responsable de su elaboración, significaron un claro intento de hacer de la instrucción pública un instrumento eficaz del absolutismo.
    En 1833 se inicia la regencia de Mª Cristina y, con ella, la llamada «década liberal». Durante esos diez años se definen dos tendencias entre los liberales: los moderados y los progresistas.
    Estos últimos lograrán afianzar sus ideas y su poder: desamortización, supresión de señoríos y órdenes religiosas, secularización de la enseñanza, etc. “En 1836 se aprueba el Plan General de Instrucción Pública (Plan del duque de Rivas), que apenas tuvo vigencia pero supuso un importante antecedente de la Ley Moyano de 1857.”
    Este Plan reguló los tres grados de enseñanza: la instrucción primaria, que comprende la primaria elemental y la superior, la instrucción secundaria, dividida en elemental y superior, y la instrucción superior, a las que corresponden las facultades, las escuelas especiales y los estudios de erudición, respectivamente. “Tras la aprobación de la Constitución de 1837 hubo intentos de desarrollar normativamente los preceptos constitucionales, pero la sublevación de Espartero imposibilitó su aplicación.”
    “En 1843, con la mayoría de edad de Isabel II, se abre un nuevo período en la historia de España que dura hasta 1854: es la llamada «década moderada». La ley clave de esta etapa, de marcado carácter liberal moderado, es la Constitución de 1845”.     Con ella se pretendía servir a la nación española paliando cualquier atisbo de radicalidad o de actitudes idealistas y encauzando la vida política del país. En el terreno educativo se aprueba en 1845 el Plan General de Estudios (llamado Plan Pidal), en el que se renuncia a una educación universal y gratuita en todos los grados y se establecen las bases para la primera definición del sistema educativo contemporáneo, que se realiza con la promulgación de la Ley Moyano en 1857.

DE LA LEY MOYANO A LA PRIMERA REPÚBLICA. 1857-1874.

    La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, llamada Ley Moyano por ser Claudio Moyano ministro de Fomento en el momento de su aprobación, fue fruto del consenso entre progresistas y moderados, y significó la consolidación definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción pública, sobre todo en el nivel legislativo y de administración, durante más de un siglo.”
    Las características fundamentales de esta ley son las siguientes: su marcada concepción centralista de la instrucción; el carácter ecléctico y moderado en la solución de las cuestiones más problemáticas, como eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los contenidos científicos en la segunda enseñanza; la promoción legal y la consolidación de una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y, por último, la incorporación definitiva de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.
    Las novedades más importantes serían el establecimiento de la uniformidad de los estudios de todas las universidades y su exhaustiva reglamentación, la centralización de las universidades y la articulación jerárquica del gobierno, la inspección y la dirección de las escuelas.
    Hasta 1923, la política en general, y la educativa en particular, fueron vacilantes e inestables.
    Los gobiernos se fueron precipitando más que sucediendo, ya que la duración media de los mismos apenas llegaba a los cinco meses. En cualquier caso, en estos años no puede hablarse con rigor de una política educativa coherente.
    El 13 de octubre de 1923, el general Primo de Rivera encabezó un golpe militar que puso fin a la Restauración. El planteamiento antiliberal del nuevo régimen se concretó en la negación de la libertad de cátedra. Durante el mandato de Primo de Rivera se llevaron a cabo reformas en el Bachillerato y en la Universidad; esta última muy contestada puesto que permitía a ciertos centros privados universitarios la colación de grado.

LA SEGUNDA REPÚBLICA. 1931-1936.

    Con el triunfo de los partidos republicanos y socialistas en las elecciones municipales, el 14 de abril de 1931 se proclama la Segunda República española y se abre una nueva etapa en el sistema educativo español. “Tras la marcha de Alfonso XIII se convocaron elecciones generales a Cortes constituyentes, cuyos diputados se propusieron como primer objetivo la elaboración de una nueva constitución.”
    El 9 de diciembre se aprueba la Constitución de la República Española y comienzan a dictarse leyes que suponen profundos cambios frente a la anterior situación.
    La Constitución republicana proclamaba la escuela única, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria, la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza. Igualmente, establece que los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial serán funcionarios y que se legislará con el fin de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se hallen condicionados más que por la aptitud y la vocación.
    En cuanto a la normativa de carácter educativo que se aprueba en estos años, destacan los cambios respecto a la regulación del bilingüismo, permitiendo que en las escuelas primarias se enseñe en lengua materna, aunque sea diferente del castellano; se suprime la obligatoriedad de la enseñanza religiosa; se reforma la formación inicial de los docentes; y se regula la inspección de la primera y segunda enseñanza.
    En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la República, dando la victoria a los partidos de la derecha. Esto supuso que se revocaran muchos de los planteamientos educativos del anterior gobierno. Los ataques principales se centraron en la coeducación, «prohibiéndose a los maestros e inspectores su implantación en las escuelas primarias nacionales», en el Plan de Escuelas Normales, que se pretendió derogar, y en la Inspección Central de Primera Enseñanza, que quedó suprimida. Como aportaciones de esta etapa destacan las reformas de la segunda enseñanza, fundamentalmente la aprobación, en 1934, del Plan de estudios de Bachillerato. Por último, cabe señalar la continuación de la reforma universitaria con las mismas directrices del anterior bienio.
    “Las terceras elecciones de la República, en 1936, dieron la victoria al Frente Popular, alianza de partidos y organizaciones de izquierdas. A pesar de que entre sus promesas electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el final de la República, no permitió su puesta en práctica.”
    El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil española con el alzamiento militar del general Franco. Durante los tres años que dura la confrontación, la vida social, cultural y política del país vive conmocionada.

LA DICTADURA DEL GENERAL FRANCO. 1936-1975.

    El régimen político que se impone en España a partir de la guerra civil no se preocupa de diseñar un sistema escolar distinto del preexistente. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología, sin importarle su organización y estructura interna. Así, proliferan decretos y órdenes ministeriales con una sola idea: la educación debe ser católica y patriótica. Hay, por tanto, un rechazo frontal a la política educativa de la República.”
    “Podría caracterizarse el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos. Se define una enseñanza confesional católica basada en tres premisas fundamentales:
    a) Educación de acuerdo con la moral y dogma católicos, enseñanza obligatoria de la religión en todas las escuelas y derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes.
    b) Politización de la educación.
  c) Se establece la subsidiariedad del Estado en materia de educación, porque es la sociedad la que asume las competencias en este terreno; ello no se entiende como subsidiariedad en el sentido liberal, sino que significa que el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Como ya se ha dicho, se produce una ruptura total con la época anterior, rechazándose todos los avances de la república en cuanto a la renovación de los métodos pedagógicos y mejora del nivel intelectual de la enseñanza. También es importante la separación de sexos, debida a la prohibición de la escolarización mixta. Y, por último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados principalmente en la existencia de un sistema educativo de «doble vía»: el Bachillerato para las elites y otra vía para las clases más desfavorecidas.
    En este período se promulgan cuatro leyes importantes en materia de enseñanza:
1ª.- La Ley de Reforma de la Enseñanza Media, de 20 de septiembre de 1938, que “pretende regular el nivel educativo de las elites del país”.
 2ª.- En esa misma línea, el 29 de julio de 1943 se promulga la Ley que regula la Ordenación de la Universidad.
3ª.- La ley, que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio de 1945.
4ª.- La Ley de Formación Profesional Industrial, hasta el 16 de julio de 1949.
“En la década de los 50 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza.”
    Tres leyes básicas se promulgan en esta etapa:

1ª.- La Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media llamada «Ley de Ruiz Jiménez», de 26 de febrero de 1953. “Esta normativa significa un nuevo enfoque de la educación, menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza; además, supone un primer paso hacia la generalización de la escolaridad hasta los 14 años, aunque se mantiene la doble vía.”
2ª.- La segunda ley fundamental, decisiva en este caso para la escolarización real de la población infantil, fue la de 22 de diciembre de 1953 sobre Construcciones Escolares, en la que se establece un sistema de convenio entre Estado y ayuntamientos y diputaciones para la construcción de escuelas.
3ª.- Por último, la Ley de 20 de julio de 1955 sobre Formación Profesional Industrial, consecuencia del inicio del despegue económico.
 La ley de 20 de julio de 1957, del Enseñanzas Técnicas que contribuye también, a la “normalización” del sistema, al incorporar a la Universidad las escuelas de ingenieros y arquitectos y abrirlas a un mayor número de alumnos.

    En la década de los años de 1960, “la expansión económica, el proceso de industrialización, la explosión escolar y las tensiones internas del sistema político, hacen que sea indispensable una reforma total y profunda del sistema educativo,”

LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE 1970.-

    La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), regula y estructura, por primera vez en este siglo, todo el sistema educativo español.
    Los orígenes de esta ley habrá que buscarlos en Villar Palasí, ministro de Educación y Ciencia en 1968. “Su política se centraba fundamentalmente en la solución del “problema universitario”, derivado, de los graves defectos del sistema educativo español. Para poder buscar las soluciones más acertadas, el equipo ministerial se reunió en una semana de trabajo continuo, de cuyo fruto saldría una estrategia para la reforma educativa. La cual se concretaría en el famoso “Libro Blanco de la Educación”.
    Fue una ley de gran alcance, que pretendió superar las contradicciones internas en las que había caído el sistema por sucesivas reformas sectoriales, insuficientes para responder al acelerado cambio social y económico de la España de aquellos momentos.    
    Los planteamientos de la ley se inscribían en la tradición educativa liberal y suponían un reconocimiento implícito del fracaso de la educación autoritaria de los últimos 30 años. Desde una perspectiva global de educación permanente, la LGE diseñó un sistema unitario (se suprime la doble vía en los primeros niveles) y flexible (se crean numerosos «puentes» y posibilidades de paso de una rama a otra en los niveles superiores).
    Así, se estructura el sistema en cuatro niveles: Preescolar, Educación General Básica, Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria.

LA TRANSICIÓN DEMOCRATICA Y LA REFORMA DEL SISTEMA EDUCATIVO.-

    Con la muerte de Franco en noviembre de 1975, le sucede en la jefatura del Estado Juan Carlos I, rey de España, quien nombra a Adolfo Suárez presidente del gobierno en 1976. Inmediatamente se anuncia el desmantelamiento de las instituciones franquistas y se promulga una Ley de Reforma Política, que es aprobada mayoritariamente por el pueblo español en un referéndum. El 15 de junio de 1977 se celebran las primeras elecciones democráticas desde 1936, donde triunfa la Unión de Centro Democrático, que gobernará por espacio de seis años. El Parlamento surgido de estas elecciones diseña una constitución democrática, debatida y pactada por la mayoría de las fuerzas políticas del país y aprobada por referéndum en 1978. El artículo 27 de la Constitución marcó los principios generales de toda la legislación actual en materia educativa, introduciendo, profundas diferencias de enfoque y ciertas modificaciones parciales. Su formulación dio pie, en 1980, a la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), con la que se realizó el primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada Constitución. Sin embargo, esta ley fue derogada pocos años más tarde.
    El ajuste de los principios democráticos y de participación presente en la Constitución hace que se vayan aprobando nuevas leyes educativas. Esta tarea la iniciará con la llegada al poder del Partido Socialista Obrero español, tras las elecciones generales de 1982.
    Durante sus años de gobierno se aprobaron cuatro leyes orgánicas básicas que, junto con la Constitución, regulan el sistema educativo español.
    El Partido Popular ganó las elecciones generales convocadas en 1996 y en 2000, desempeñando desde entonces hasta el 2004 las tareas de Gobierno del Estado. Hasta esa fecha siguen vigentes las leyes orgánicas antes señaladas, que serán objeto de estudio en el punto siguiente.

MARCO LEGISLATIVO GENERAL.-

A partir de la promulgación de la Constitución española de 1978, el sistema educativo español es el siguiente:

Constitución Española y cuatro leyes orgánicas que desarrollan los principios y derechos constitucionales. Este marco legislativo se completa con una gran cantidad de disposiciones reglamentarias aprobadas con posterioridad y que se concretan en:
• la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
• la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
• la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
• la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes.
    Al ser aprobada la LOGSE como norma legal básica en materia educativa queda derogada la anterior Ley General de Educación de 1970. Sin embargo, todavía siguen vigentes algunos de sus artículos.

LA LEY ÓRGANICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN.-

    La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE), desarrolla el artículo 27 de la Constitución a excepción del apartado décimo relativo a la autonomía universitaria. Su objetivo es garantizar para todos el derecho a la educación, haciendo especial énfasis en la consecución de una enseñanza básica, obligatoria y gratuita, sin ningún tipo de discriminación.
    La actividad educativa debe perseguir el pleno desarrollo de la personalidad del alumno, la formación en el respeto y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad como principios democráticos de convivencia, la adquisición de conocimientos, hábitos y técnicas que capaciten para la actividad profesional y la participación activa en la sociedad, así como la formación para la paz y la cooperación.
    Desde esta Ley se garantiza y desarrolla el derecho a la libertad de enseñanza. A los padres y a los alumnos se les reconoce una serie de derechos que garantizan la consecución de los fines de la acción educativa de acuerdo a lo establecido en la Constitución. Se aprueba la existencia de una doble red de puestos escolares, públicos y privados, estableciéndose un régimen de conciertos al que se pueden acoger centros de titularidad privada para ser financiados con fondos públicos. Esta ley distingue así entre centros cuyo titular es un poder público o centros públicos, privados que funcionan en régimen de mercado, y centros de titularidad privada sostenidos con fondos públicos denominados centros concertados.
    Se regula asimismo la participación en la programación general de la enseñanza de todos los sectores implicados en el proceso educativo desde el centro escolar hasta los niveles de máxima decisión del Estado, quedando a su vez reconocida la libertad de asociación, federación y confederación de los padres y de los propios alumnos.

LA LEY ORGANICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE).

Fuente: HISTORIA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
Ministerio de Educación Cultura y Deporte (2004)
El Sistema Educativo español. Madrid: MECD/CIDE

“La Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) regula la estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no universitarios. En ella se reiteran los principios y derechos reconocidos en la Constitución y en la LODE.
    Esta reordenación del sistema va encaminada a conseguir objetivos como la regulación efectiva de la etapa previa a la escolaridad obligatoria, la reforma profunda de la formación profesional, y la conexión entre las Enseñanzas de Régimen General y Especial. Así, la nueva estructura del sistema educativo establece en su régimen general las etapas de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio; Formación Profesional de grado superior, y Educación Universitaria. También regula las Enseñanzas de Régimen Especial, que incluyen las Enseñanzas Artísticas y de Idiomas. En el título preliminar se determina la duración de la enseñanza básica contemplada en el artículo 27.4 de la Constitución: esta enseñanza abarca la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria, iniciándose a los 6 años de edad y extendiéndose hasta los 16, de forma que se establecen diez años de escolarización obligatoria y gratuita. Con el fin de garantizar una formación común de todo el alumnado, la Ley determina los aspectos básicos del currículo en relación con los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación. La LOGSE favorece a su vez un amplio ejercicio de competencias en materia de educación por parte de las Comunidades Autónomas. Con esta Ley también se refuerza la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa de cada Comunidad, dando oportunidad desde el sistema al bilingüismo y a la inclusión de materias propias de la cultura de cada territorio.
    La LOGSE dedica títulos independientes a aspectos como la Educación de las Personas Adultas y a la calidad de la enseñanza, estableciendo que los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que la favorecen como la formación del profesorado, los recursos educativos y la función directiva, la innovación e investigación educativa, la orientación educativa y profesional, y la inspección y evaluación del sistema. También se aborda la compensación de desigualdades en educación desde la normalización e integración social, introduciéndose el concepto de «necesidades educativas especiales».

 LA LEY ORGÁNICA DE LA PARTICIPACIÓN, LA EVALUACIÓN Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES (LOPEG).

    La Ley Orgánica 5/1995 de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) [L005] adecua a la nueva realidad educativa aprobada en la LOGSE [L004] el planteamiento participativo y los aspectos referentes a organización y funcionamiento de los centros que reciben financiación pública establecidos en la LODE [L003]. En su primer título aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores, detallando su composición, competencias y participación de la comunidad educativa en ellos. Se define la función directiva de los centros públicos, especificándose los procedimientos de elección, nombramiento y acreditación del director y, en su caso, del resto de los miembros del equipo directivo. Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la LOGSE de permanente adecuación entre el sistema y la demanda social, valorándose aspectos como la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado. Por último, se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa.
    Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades Autónomas han de desarrollar, entre otros las condiciones para garantizar la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros públicos, los criterios de admisión de alumnos en algunas enseñanzas, convenios con centros de Formación Profesional o de programas de Garantía Social, planes de formación de profesorado, adecuación de los conciertos educativos, etc.

 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO.

    La Constitución Española aprobada en 1978 por las Cortes y ratificada por votación popular propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
    En su título I se recogen los derechos y deberes fundamentales. Entre ellos se reconoce el derecho a la educación como uno de los derechos esenciales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos. El artículo 27 desarrolla otros principios básicos relacionados con este derecho fundamental. Así aparece considerado en la misma Constitución:
1.- «Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2.- La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3.- Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4.- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5.- Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
6.- Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
7.- Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de los centros en los términos que la ley establezca.
8.- Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
9.- Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
10.- Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.».
Se completa el desarrollo de este artículo con la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) [L003], que garantiza en su título preliminar una oferta gratuita en los niveles obligatorios e impide discriminaciones en el ejercicio de la libertad de enseñanza, así como el acceso sin discriminaciones a los niveles superiores de educación. La LODE enuncia en el artículo segundo los fines que ha de tener la actividad educativa, que son:
a) «El pleno desarrollo de la personalidad del alumno.
b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
c) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.
d) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
e) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.
f) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural.
g) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.»
11.- La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)  reconoce en su artículo primero que el sistema educativo español está configurado de acuerdo con los principios y valores de la Constitución y se asienta en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y en la LODE. Esta ley define los principios a los que debe atender la actividad educativa en el artículo 2.3 de la forma siguiente:
a) «La formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar, social y profesional..
b) La participación y colaboración de los padres o tutores para contribuir a la mejor consecución de los objetivos educativos.
c) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas.
d) El desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.
e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático.
f) La autonomía pedagógica de los centros dentro de los límites establecidos por las leyes, as como la actividad investigadora de los profesores a partir de su práctica docente.
g) La atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional.
h) La metodología activa que asegure la participación del alumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
i) La evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, de los centros docentes y de los
diversos elementos del sistema.
j) La relación con el entorno social, económico y cultural.
k) La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.»
    La Constitución garantiza otros derechos básicos en educación como la libertad de enseñanza en su artículo 20, la libertad ideológica y religiosa en su artículo 16 y el derecho a la cultura en el 44. 
    También la LODE desarrolla aspectos contenidos en estos artículos. La Constitución asegura a su vez la garantía de derechos internacionalmente reconocidos como los derechos humanos, los derechos de los niños y los de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.
    La LODE, en su título preliminar, detalla los derechos y libertades de los miembros de la comunidad educativa (profesores, padres y alumnos).
    A los docentes se les garantiza en el artículo 3 la libertad de cátedra. A los padres, en el artículo 4 se les reconoce el derecho a que sus hijos tengan una educación conforme a lo establecido en la Constitución y en esta Ley, y a que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, así como a elegir un centro docente distinto de los creados por los poderes públicos. En el artículo 5 se les garantiza la libertad de asociación.
    Los alumnos tienen reconocido en la LODE el derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, a la valoración objetiva de su rendimiento, al respeto de su libertad de conciencia y de convicciones, al respeto de su integridad y dignidad, a participar en el funcionamiento del centro, a recibir orientación escolar y profesional y la ayuda precisa para compensar carencias de tipo familiar, económico y sociocultural y a la protección social en caso de ser necesario, así como el derecho a asociarse.
    También se determina como deber básico de los alumnos el estudio y el respeto a las normas de convivencia del centro.
A todos los miembros de la comunidad educativa se les reconoce el derecho de reunión en el centro docente.
12.- Como principio de actuación para toda la comunidad educativa, tanto la LODE como la LOPEG promueven la participación de dicha comunidad en la programación de la enseñanza, en la organización y en el gobierno de los centros docentes. El principio de autonomía pedagógica organizativa y de gestión de los recursos de los centros educativos también rige la marcha de nuestro sistema.
    Además del derecho a la educación y de otros derechos básicos relacionados con éste desarrollados en la misma Constitución, en la LODE y en la LOGSE, la Constitución reconoce la descentralización de la administración de la enseñanza en el Estado de las Autonomías como un aspecto esencial. Excepto aquellas cuestiones que son de reserva competencial del Estado, las Comunidades Autónomas pueden asumir, en el marco del artículo 148.1.17, competencias en la ordenación y administración del sistema educativo en su ámbito de gestión.

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), de 2002.

    La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), de 2002, que modificaba tanto la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de 1985, como la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) de 1990, y la Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) de 1995, proponía una serie de medidas con el principal objetivo de lograr una educación de calidad para todos.
La LOCE no fue llevada a efecto, siendo reemplazada por la LOE.

 Ley Orgánica de Educación (LOE), 3 de Mayo de 2006. 
SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL (LOE)

==================

CONSTRUCCIONES ESCOLARES EN ESPAÑA.-

    A nivel nacional podemos distinguir las siguientes etapas:
En una primera etapa: La Obligación de construir las escuelas recae en los municipios.-
    El origen de la escuela pública o nacional nace en España con las Cortes de Cádiz y nace vinculada al municipio.
    Por otra parte es en esta Constitución de 1812 donde, de forma clara, establece que la competencia de la enseñanza es del Estado, consecuentemente, se crea La Junta de Instrucción Pública y se encarga a QUINTANA un Plan de Estudios; en dos de sus “Partes generales” aparecen los epígrafes siguientes: “división y distribución de la enseñanza pública” y “medios de llevarla a cabo”. QUINTANA sostiene que el Estado solamente puede hacerse cargo de la enseñanza superior y que la “popular” debe ser competencia de los Ayuntamientos; propone se declare obligatoria “la escuela de primeras letras” en cuantos pueblos puedan sostenerla, debiendo, cuando no pudieran, agruparse o acudir a la ayuda de la Diputación.
Vemos como ya, de partida, en el nacimiento de la escuela pública, se trasluce su penoso futuro, incluso, se diagnostica la causa: el incierto soporte económico de la institución escolar.
Como consecuencia de este planteamiento, el desarrollo de la escuela pública va a ser desigual en todo el territorio nacional, ya que, por una parte, depende de la riqueza de cada municipio y, por otra, de la voluntad y acierto de los gestores municipales.

DECRETO DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1920: COMIENZA LA INTERVENCIÓN ESTATAL DIRECTA.-

    El año 1920 marca el fin de la exclusividad municipal en las construcciones escolares públicas.
    En general, la mala gestión de los municipios en este periodo dio lugar a esta situación desigual y en algunos casos, caótica, en el ámbito de las construcciones de las escuelas públicas o nacionales. El propio Decreto, en su preámbulo, lo esgrimía como causa fundamental para que el Estado asumiera la competencia de construir los edificios escolares. Los municipios, por su parte, deberán colaborar y a tal efecto, deberán aportar un 8% del costo del edificio para material escolar para material escolar; un 1% para conservación; casa “decente y capaz” para el maestro, con obligación de construirla si no la hubiera y aportación de los terrenos para el edificio escolar y campo de juego. En definitiva, se establece un sistema de colaboración entre el Estado y Municipio que será la base, con diversas modalidades, de la legislación posterior y se establecerá como principio básico en la única Ley específica sobre construcciones escolares del año 1953.

EL IMPULSO DE LA DICTADURA DE PRIMO DE RIVERA Y EL DECRETO DE 10 DE JULIO DE 1928.

    En este periodo las construcciones escolares aumentan sensiblemente en toda España, comparándola con cualquier época anterior, sin embargo, la razón de este incremento más bien se debe al impulso general de las obras públicas que a una intención concreta de mejorar el problema específico de la falta de escuelas. En consecuencia, este incremento, en ningún momento puede considerarse como un Plan de construcciones escolares propiamente dicho.
    Superada la mitad de la etapa dictatorial, se promulga el Decreto de 10 de julio de 1928, el cual establece variaciones sensibles en el equilibrio de responsabilidades y acciones del Estado y Ayuntamientos.

PRIMER PLAN DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES. QUINQUENIO REPUBLICANO.-

    Durante este quinquenio se desarrolla el Primer Plan de Construcciones Escolares en España. Se le considera un auténtico Plan ya que en él se dan las siguientes características: Tiene objetivos concretos; existen plazos de ejecución y se le dota de los recursos necesarios para su ejecución. Hasta el año 1957, no se desarrollará un esfuerzo semejante.
    A pesar de que el objetivo era la construcción de 27.000 escuelas, solamente se llega a construir unas 15.000, lo que se puede considerar como un buen balance, teniendo en cuenta las inestables circunstancias políticas que rodearon el desarrollo del Plan (durante el quinquenio republicano, pasaron por el Ministerio de Instrucción Pública diecisiete ministros diferentes, lo que da una media de permanencia de tres meses).

PERIODO 1939-1951.-

    Después de la guerra civil (1936-1939), como consecuencia de las penurias y dificultades económicas de la postguerra, el balance de construcciones escolares es totalmente negativo, fundamentalmente en el periodo de los doce años siguientes a la terminación de la guerra (1939-1951). No obstante, este frenazo a las construcciones escolares en este periodo, no solamente se debe a la falta de medios, sino también a razones de carácter doctrinal que recoge la Ley de Educación Primaria de 1945 en su art. 17: “El Estado estimulará la creación de escuelas y las creará por sí mismo si fuera necesario, hasta alcanzar en cada localidad un número no menor de una por cada 250 habitantes”. Esto quiere decir que el Estado se dedicará a estimular a que otros creen las escuelas y, solamente en casos excepcionales, las creará. El Estado actúa de forma subsidiaria.
    Cuatro años después de la ley 1945, se publica el Decreto de 18 de noviembre de 1949 que preconizaba un cambio en la actitud del Estado pasando de ser un mero estimulador de las construcciones escolares a tener un papel más activo, anunciando un plan quinquenal con la construcción de treinta mil viviendas. Sin embargo, este plan carece de desarrollo y dotaciones económicas en los Presupuestos, por lo que podemos considerarlo como un auténtico espejismo.

LA LEY DE 23 DE DICIEMBRE DE 1953.

    Puede considerársela como la única norma con rango de ley sobre construcciones escolares – fue reformada por otra de fecha 16 de diciembre de 1964- - Tiene carácter descentralizador, aunque no de forma total, el Estado se reserva cierto terreno de actuación, que en el periodo 1957-1967, llegaría a traducirse en una cuarta parte del volumen total invertido. Se trata de una ley flexible.     Otros dos aspectos de la ley que son reseñables y a los que se refiere en su preámbulo son el proporcionar organismo de gestión suficiente y rápida y el dota de medios económicos en proporción suficiente. Como promotores oficiales tenemos al Estado, a las Juntas Provinciales y a los Ayuntamientos con convenio (capitales de provincia y los demás de 50.000 habitantes). Independientemente, la promoción privada. Las Juntas provinciales absorbían la mitad de los recursos, podían construir por si solas con aportación de los ayuntamiento del 5% al 50%, según la población(aportación) o ayudando a construir a los Ayuntamiento; a esta fórmula se le llamo de subvención.
    A pesar del reconocimiento por parte de la ley del 53 de la importancia de las construcciones escolares, le faltó la dotación económica suficiente, que no llegaría hasta el año 1956. En este año, mediante ley, se establece un plan quinquenal de construcciones escolares dotado 2.500 millones de pesetas para la construcción en cinco años de 25.000 escuelas. Es el tercer plan quinquenal desde 1931.

LA JUNTA CENTRAL DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES.

    El conceder personalidad jurídica a las cincuenta provincias podría dar lugar a una situación de desorden en el Plan. Tal vez esta ha sido la razón de que, con fecha 2 de febrero de 1957, se creara la Junta Central de Construcciones Escolares con la misión – según las propias palabras del Decreto de creación -, “de encauzar, dirigir e inspeccionar la gestión de los Planes Nacionales”, asumiendo, desde entonces, la gestión de los planes de construcciones escolares.

EL PLAN DE 1956.-

    Inicialmente era un Plan a 5 años (1956-1960), sin embargo, la realidad fue algo distinta, ya que se desarrolla entre los años 1957-1963, enlazando con el I Plan de Desarrollo (1964-1967). A partir de este momento los Planes de Construcciones Escolares se sucederán sin solución de continuidad dentro de los Planes de Desarrollo, siendo la Junta de Construcciones Escolares el órgano autónomo encargado de su gestión. El objetivo del Plan del 56 era la construcción de 25.000 escuelas con sus respectivas casas del maestro, tal como figura en el informe de la Inspección. Sin embargo, esta cifra no cubrió la totalidad de las necesidades, ya que no se tenía en cuenta la sustitución de las escuelas en malas condiciones, que no eran pocas (unas 17.000). El número de escuelas verdaderamente necesarios no era el previsto sino de 42.000. Los recursos previstos en el Plan eran de 2.500 millones de pesetas. Se subvencionaba con 100.000 pesetas (60.000 para la escuela y 40.000 para la casa del maestro) en supuesto de que fuera el Ayuntamiento el promotor (el más favorable para el Estado). La realidad fue muy distinta, de cada cuatro casos, solo en uno se daba este supuesto. Por otra parte, surgió otra circunstancia negativa que mermó aún más, las posibilidades del Plan: el fuerte incremento de la construcción (un 35 %), lo que supuso aumentar en un 25% la cuantía de las subvenciones: La consecuencia era clara, se reducía el número de escuelas construidas. La previsión del I Plan de Desarrollo era de que, en enero de 1964 era preciso construir 25.550 escuelas, cantidad similar a la del Plan de la República (25.151) y bastante aproximado al Plan de 1956 (25.000); sin embargo se produciría el mismo error de cálculo al no tener en cuenta las escuelas que era necesario reconstruir, en consecuencia, los resultados fueron decepcionantes, en 1964 la situación era prácticamente similar a la de 1956.
    A parte de las razones anteriormente expuestas esta situación se debía fundamentalmente a dos factores:
a) El incremento demográfico – lo que el historiador Ricardo de la Cierva denominaba “revolución demográfica” –
b) La política de Concentraciones Escolares. 
Con las Concentraciones Escolares el edificio va a cambiar de tamaño y la antigua escuela unitaria no servirá ya que, por un lado, debía acogerse a más niños y, por otro, no daba respuesta al nuevo sistema pedagógico.

El I PLAN DE DESARROLLO (1964-1967)

    El Plan había cifrado en 27.550 el número de escuelas necesarias, sin embargo, solamente se propuso construir 14.173 de las que solamente se ejecutaron 12.105 (el 87 %) de su objetivo.

1968-1971 LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y EL II PLAN DE DESARROLLO.

    En 1968, llega al Ministerio de Educación D. José Luis Villar Palasí y da comienzo al II Plan de Desarrollo. La entrada de VILLAR PALASÍ y su equipo, supuso una auténtica revolución, tanto en la forma como en el fondo, tanto por lo que se refiere:
    1º.- A la concepción de la enseñanza.
    2º.- Como a la forma de enfocar la construcción de los edificios escolares:
    a) Ya no será obligatorio que el arquitecto director de la obra sea el autor del proyecto.
    b) El control técnico de la obra será competencia de la División de Construcciones Escolares de las que dependerán las Unidades Técnicas Provinciales.
    c) Cambia totalmente el concepto de edificio escolar, declarado obligatorio por la Orden Ministerial de 10-02-1971: el aula o clase da paso a espacios abiertos de diferentes dimensiones, denominadas áreas, dando libertad de movimiento a profesores y alumnos, para el desenvolvimiento de la enseñanza activa, superando así la enseñanza magistral, donde el alumno es más bien un sujeto pasivo).
    d) Otro rasgo en la actuación del equipo de VILLAR PALASI, fue la tendencia centralizadora. Se abandona el reparto proporcional, estableciéndose distintos Planes según la necesidad real de las distintas regiones de España (Plan Galicia, Plan Cádiz, Planes de Urgencia ..).

LOS PLANES DE URGENCIA

    Se trataba de auténticos Planes de choque, con varios objetivos:
- Eliminación o reducción del déficit escolar en aquellas zonas donde el problema era más grave.
- Consecución de estas metas lo más rápidamente posible (era el tiempo de la recién implantada Ley General de Educación).
- Que los nuevos Centros muestran el alcance y trascendencia de la reforma educativa: La EGB (Educación General Básica) que sustituye a la histórica Enseñanza Primaria. Para cumplir esta propuesta se elaborarán 8 planes de urgencia más de centros de preescolar en Las Vascongadas. Por orden cronológico: Andalucía (55.000 puestos escolares); Galicia (41.280); Vascongadas (34.800); Canarias (30.560); Valencia (39.840); Madrid (50.160); Barcelona (78.080) Asturias (17.040); Preescolar Vascongadas (29.840). En total 376.640 puestos escolares, 738 centros, con una inversión de 11. 438 millones de pesetas.
Con la ejecución de estos planes se logra un doble objetivo:
a) De carácter cuantitativo (se logra construir edificios para albergar 376.640 puestos escolares).
b) De carácter cualitativo y de gran alcance: la implantación efectiva de la Enseñanza General Básica (EGB), que supuso la innovación de mayor aliento reformador y amplias resonancias sociales de la LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

EL II PLAN DE DESARROLLO.-

    El periodo antes descrito surge de la ley General de Educación (1968, año del cambio; 1969, Libro Blanco; 1970, aplicación de la ley y 1971, comienzo de su implantación) y se corresponde con el cuatrienio del II PLAN DE DESARROLLO.
    Según el Plan el total de puestos a crear era de 770.424 y que, al fijarse definitivamente los objetivos del Plan se redondeó en un millón, cifra que se mantuvo en el III PLAN DE DESARROLLO.
Según los informes oficiales el II PLAN cubrió prácticamente su objetivo al haberse habilitado 24.399 unidades escolares.

EL BIENIO 1972-1973.-

    El III PLAN DE DESARROLLO (1972-1975), se fija como objetivo, como decíamos, un millón de puestos escolares. Se trata de una etapa más realista, dejarán de aceptarse terrenos para las construcciones escolares a ciegas, lo que en alguna ocasión provocó sorpresas desagradables a la hora de construir por ser inadecuados; a tal efecto se establece un gabinete geotécnico encargado de analizar a fondo los terrenos antes de iniciar las obras.
La cifra de nuevos puestos escolares correspondiente al primer bienio del III Plan de Desarrollo es como sigue:

1972--------------232.169

1973-------------- 219.120

    En los dos siguientes años los rasgos fundamentales de la política de construcciones escolares se caracteriza, por un lado, por el esfuerzo por erradicar de una vez por todas, el crónico déficit de puestos escolares en el período obligatorio de la enseñanza, esfuerzo que se extenderá de forma progresiva a la Educación Preescolar; por otro, una amplia descentralización, mediante la transferencia a las Diputaciones, como regla general y a los Ayuntamientos, en casos excepcionales, la programación de toda clase de obras escolares a través de convenios.

================

   Una vez hecha referencia a la Educación en general y a los edificios escolares en España y sus hitos más significativos a partir de la CONSTITUCIÓN DE CADIZ de 1812 y hasta el año 2006, ahora vamos ocuparnos  de  desentrañar, en lo posible, la Historia de la Educación y de los edificios donde se impartía en el Concejo de Riosa.

HISTORIA DE EDUCACION Y DE LOS EDIFICIOS ESCOLARES EN RIOSA.-

    La historia de la Educación y los edificios escolares donde esta se impartía en el Municipio de Riosa, desde principios del siglo XX, corre paralela a la del resto de España, sin embargo, no existen muchos datos de cómo se impartía la educación y tampoco de los locales o escuelas donde se realizaba antes de principios del siglo XX. No obstante, según aparece en el tomo XII de la “Gran Enciclopedia Asturiana”, publicada en el año 1970, al referirse al Concejo de Riosa, a principios del año 1800 cuando Felguera aún ostentaba la capitalidad, los vecinos habían solicitado, sin éxito, la implantación de una escuela de latinidad y otra de primeras letras.
    Por otra parte, según recoge el Diccionario Madoz (1845-1850), Riosa a mediados del siglo XIX contaba ya con una Escuela de Primeras letras a la que asistían entre 30 ó 40 niños. Como emolumentos, el maestro, percibía 640 reales anuales, además de las retribuciones de los niños.
    Iniciado el siglo XX (año 1930) la enseñanza  se impartía  en las escuelas de La Vega, Felguera, San Adriano, Villamer, La Juncar, Los Bayos y La Rebolla -distrito de Grandiella -.
    En el año 1970, la Primera Enseñanza se impartía en Riosa en 28 escuelas: las escuelas de La Vega (1907-1909) - una de niños y otra de niñas-, el Grupo Escolar de L´Ará, construido en el año 1962 y que comenzó a funcionar en el curso siguiente (1963-1964), con 17 unidades de carácter mixto, dotado de comedor escolar, con 14 viviendas independientes para la residencia de los maestros (1962-1963) y en los siguientes pueblos rurales con carácter mixto: Villamer (1929), La Xuncar (1930), El Cordal, La Vara, Muriellos (1967), Felguera  (1959), Llamo (1961), La Cantera (1965), Doñaxuande (1965) y Grandiella (1966). Todas ellas estaban dotadas de vivienda para el maestro, con excepción de las de Villamer y la Xuncar donde las maestras solían vivir en viviendas particulares. Dentro de los emolumentos mensuales de los maestros rurales, existía el concepto de "casa habitación" y, en el caso de no disponer de vivienda oficial, tenía derecho a percibir una cantidad compensatoria.
 Entre los años 1950 y 1960, el auge de la minería del carbón, atrajo hacia Riosa un gran número de personas en busca de una vida mejor procedentes de Andalucía, Extremadura, La Meseta, Galicia ... En un principio, se distribuyeron por todos los pueblos de Riosa, aprovechando todo tipo de edificaciones. Estaba claro que no eran las mejores condiciones para  las familias  que llegaban. Para paliar este problema,  se construyeron en Riosa 338 viviendas, 228 en L´Ará y 110 en Nixeres. 
   La construcción de estas viviendas supuso un aumento considerable del número de habitantes ya que, por otra parte fueron años de una natalidad alta. Según datos del Registro Civil, los nacimientos en Riosa durante este periodo, en algunos años,  llegaban hasta cien niñ@s al año.   
    En el aspecto educativo y en los primeros años de la década de los años de 1950, este aumento tan considerable del número de habitantes supuso un grave problema, ya que todos los niños y niñas de los núcleos de L´Ara, Prunadiella, Las Agüeras, Piedrafita, La Vega, Nixeres y La Pontialta, junto con los de los pueblos rurales de Muriellos, El Colléu, Doñaxuande, La Marina, El Cabornín, Cereceo, La Casería y Fresneo acudían a las Escuelas de La Vega. La matricula de alumnos, tanto en la escuela de niñas como en la de niños, rondaba la cifra de cien. Ello dio lugar a que los maestros se vieran obligados a dividirlos en dos turnos, por la mañana y por la tarde.  
    En un principio se buscaron soluciones provisionales, llegando a impartirse clases en L´Ará, en la planta baja de algunos pabellones de las recién construidas viviendas, incluso en los bajos del edificio de viviendas destinadas a residencia de los maestros en el año 1963. Finalmente se construyó el  Grupo Escolar Mixto de L´Ará que vino a solucionar  el problema, aunque no de forma completa (1962).
    La nueva Ley de Educación de 1970 (1968, año del cambio; 1969, Libro Blanco; 1970, aplicación de la ley y 1971, comienzo de su implantación), supuso el intento más sólido de modernización pedagógica en la España contemporánea, al menos en sus elementos técnicos. Dio lugar al paso de una escuela unitaria rural a las Concentraciones Escolares, consecuencia del gran aumento demográfico  así como del traslado de los vecinos de los pueblos a las capitales de los municipios y ciudades y pueblos más poblados, con instalaciones industriales y mejores servicios. 
    En Riosa así sucedió. 
    Con las Concentraciones Escolares el edificio va a cambiar de tamaño y la antigua escuela unitaria no servirá ya que, por un lado, debía acogerse a más niños y, por otro, no daba respuesta al nuevo sistema pedagógico.
    En el año 1973, teniendo como centro el Grupo Escolar Mixto de L´Ará (1962) - el hoy colegio viejo, destinado a otras actividades -, se llevó a cabo  la Concentración Escolar de todos alumnos del Concejo. De esta forma, todos los alumnos de los diferentes pueblos de Riosa recibían enseñanza  en este centro, y en las escuelas de La Vega, disponiendo de los servicios de comedor y transporte escolar, abandonándose las escuelas rurales.
    Durante el periodo comprendido entre los año 1973 y hasta el inicio de la década de 1990, el número que recibían enseñanza en este Centro, osciló entre 550-580, distribuidos en dos clases de párvulos y 8 cursos de EGB (dos aulas por curso).
    Precisamente, debido al elevado número de alumnos, en los años 1984-1985, se construyó un nuevo Colegio Público de EGB en L´Ará - Colegio Alcalde Prospero Martínez Suárez - que es el que se utiliza en la actualidad. Se construyó en los terrenos cedidos por el Ayuntamiento de Riosa en el paraje de Las Agüeras.
    En el año 1970, se alcanza la cifra  del mayor número de habitantes en la historia del Concejo de Riosa, 3.245 h. A partir de ese año y en un principio apenas imperceptible,  el número de personas comienza a descender consecuencia, por un lado,  del descenso en el número de nacimientos y por otro, del traslado a los centros industriales de trabajo de los núcleos de población más importantes del Principado de Asturias. El cierre de la explotación minera del Pozo Montsacro (diciembre de 2014) fue el punto final. La consecuencia lógica fue  una gran disminución del número de alumnos, hasta el punto que, en el año 2022, el Colegio Público de L´Ará, solamente contaba con 64 alumnos repartidos en 5 unidades: infantil (dos cursos) y primaria (tres cursos).
    A continuación, analizaremos, el sistema de escuelas unitarias, fundamentalmente rurales, que se desarrolló en Riosa, desde finales del siglo XIX hasta la Concentración Escolar en el antiguo Colegio Público de L´Ara, que se produce en el año 1973, una vez publicad la Ley General de Educación de 1970 y que comenzó a aplicarse a partir del año 1971.
     Asimismo haremos referencia al nuevo Colegio Público de Las Agüeras, que fue necesario construir (1984-1985), debido a que el viejo Colegio, se había quedado pequeño y, además, no reunía las condiciones  necesarias para impartir una educación adecuada a las  nuevas exigencias del momento.
 
Escuelas de Felguera:

    
    En Felguera, hubo tres edificios en los que se impartió la enseñanza. 
    El más antiguo, es el del CANTÓN, circunstancia que se puede considerar lógica si tenemos en cuenta que fue capital administrativa del Concejo de Riosa hasta el año 1880. En la escuela del Cantón, situada en las inmediaciones del antiguo Ayuntamiento,   impartió la enseñanza, entre otros maestros y a mediados del siglo XX, Dª Florinda Sariego que, después pasó a ser maestra de la escuela de niñas de La Vega.  
    El segundo fue el de la curva el Curión (1948-1959) y, el tercero,  fue la nueva escuela y casa habitación del maestro de Los Picos, cuya construcción se inicia en el año 1954 pero que, por diversos problemas con la primera contrata no pudo terminarse hasta el año 1959, ya con otro contratista.
    A las escuelas de Felguera acudían los niñ@s de los pueblos de Felguera, El Cabal, Panderraices, La Granxa, Rozacaxil y Los Milanos - Molín de la Raya -.
 
Felguera (Riosa), en la actualidad. En esta foto aparecen las ubicaciones de los tres edificios  en los que se impartió la enseñanza a lo largo del tiempo: El Cantón, El Curión y Los Picos:


Edificio destinado Escuela en Felguera (el Cantón) -hoy de propiedad particular -: 



Alumnos de la Escuela mixta de Felguera, curso de 1931:

Foto cedida por Laura y Hugo

Alumnos de la Escuela mixta del Cantón en Felguera  (1932-1935):


Excursión de niñas y niños de Felguera a Arrojines. 8 de julio de 1931:



    En el archivo municipal existe un plano levantado por el perito agrícola D. Gabino Villanueva Vázquez con fecha 1 de noviembre de 1932 relativo al solar donde el Ayuntamiento de Riosa pretendía construir una nueva escuela que, según nuestra apreciación, no era muy distante de la futura escuela y casa habitación del maestro  que se construyó entre 1954-1959 en el paraje de los Picos.


    Una vez que se deja  de usar el edificio del Cantón, en el centro de Felguera, entre los años 1948-1959, se utilizó como escuela un edificio propiedad  de Ludivina, "La Menora", situado en las inmediaciones de la Curva el Curión, en la margen derecha de la  actual carretera de La Vega a Llamo que en aquella época no pasaba de La Cantera. Inicialmente estaba previsto para ser destinado a vivienda pero no llegó a terminarse. Se adecuó  la planta superior, que estaba sin distribuir y y se dedicó a la enseñanza, hasta la construcción y entrega definitiva  de la nueva Escuela mixta  situada en el paraje de los Picos. Decimos esto por que, a pesar de haberse iniciado su construcción en el año 1954, debido a los problemas en la ejecución de la obra, no fue entregada hasta el año 1959. 
    Una de las maestras que ejerció la docencia en este escuela, fue Dª Remedios. 

Escuela del Curión, en Felguera:




Escuela y Casa del Maestro de Felguera (1953-1959), en Los Picos.-

    En el año 1953 se inicia el expediente para la construcción de una nueva escuela en Felguera junto con la casa habitación del maestro en el paraje de Los Picos. Se construye con la participación de la Diputación y el Ministerio de Educación Nacional. El proyecto es del arquitecto Julio Galán.
    Fue adjudicada inicialmente a José Antonio Fernández Suárez (30-9-1953), quién no llegó a terminarla, por lo que, se hizo una segunda adjudicación a favor de José Sariego Fernández, de Envernaes (7-12-1957). La recepción definitiva de las obras tuvo lugar el 7 de julio de 1959.

Caja 198/7 Archivo municipal de Riosa año de 1953- 1958

Planos de la escuela y casa habitación del maestro de Felguera, del arquitecto D. Julio Galán:



Alumnas y alumnos de la escuela mixta de  Felguera. Curso de 1954:
 

Alumnas y alumnos de la escuela mixta de Felguera con su maestra, Dª Elena Bergueiro Aragón. Curso de 1958:


Edificio de la Escuela y casa de Felguera en el año 1976, visto por su cara este:


Fachada oeste de la Escuela de Felguera y casa del maestro, en la actualidad, ambas remodeladas y destinadas a viviendas después de la desafectación de la enseñanza y posterior subasta pública llevada a cabo en el año 1976:




Fachada este de la Escuela de Felguera y casa del maestro, en la actualidad, ambas remodeladas y destinadas a viviendas después de la desafectación de la enseñanza y posterior subasta pública:



    ESCUELAS DE LA VEGA.-

La Vega de Riosa:


    Las escuelas de La Vega fueron construidas entre los años 1907 y 1909, concretamente, según consta en el expediente de subasta obrante en el archivo municipal del Ayuntamiento de Riosa (Caja 198/1), se adjudicaron con fecha 31 de julio de 1907 a D. Pedro Vázquez Álvarez, de Doñajuande, por el importe de seis mil seiscientas pesetas. El acta de recepción definitiva de las obras es de 7 de Marzo de 1909. Los planos de la obra habían sido redactados por el arquitecto D. Regino Pérez De la Sala con fecha 1 de noviembre de 1906 (de ellos se refleja a continuación la fachada principal y la sección). No obstante, en el edificio construido, si bien es bastante fiel al proyecto en cuanto a la planta, respecto a los detalles- tal como se puede comprobar en las fotos-, no lo es tanto (ventanales y portada de acceso, biblioteca, aseos, decoración ..). En el ala izquierda estaba ubicada el aula de los niños y en la derecha, la de las niñas. (caja 198/1 -1907)

Planos de la obra habían redactados por el arquitecto D. Regino Pérez De la Sala con fecha 1 de noviembre de 1906:
















Alumnas de la escuela de La Vega.1919:


Alumnas de la escuela de La Vega.1929:


Alumnos de la escuela de La Vega.1932-1933:


En el año 1935 se llevó a cabo la reparación de las escuelas de La Vega junto con las de la Juncar y Grandiella (La Rebolla), para lo cual se convocó subasta pública mediante acuerdo del pleno municipal de fecha 25-10-1935, adjudicándose la obra a D. Alfredo Torres Fernández por importe de 1.250 pts (24-12-1935):















Las escuelas de La Vega, a pesar de ser dos, solamente, disponían de una casa para el maestro, situada en el ala izquierda de la planta principal de la casa Consistorial, con entrada independiente, por la fachada posterior del edificio. En ella vivió el maestro D. Vicente Villar. 

Alumnos de la escuela de La Vega 
con el maestro D. Vicente Villar. 1935-1940:


Alumnos de la escuela de La Vega con el maestro D. Vicente Villar .1940-1941:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández. 1941:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández. 1941:


Alumnos de la escuela de La Vega con el maestro D. Vicente Villar. 1945-1946:


Alumnos de la escuela de La Vega con el maestro D. Vicente Villar .1949:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández.1950:


Alumnos de la escuela de La Vega con el maestro D. Vicente Villar .1950:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández.1950:

Foto de José Luis Cabo Sariego

Alumnos de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández .1952:


Maestras y maestros de las Escuelas Públicas de Riosa, con el Sr. Alcalde D. Luis Sariego, en el patio de la casa Cabo en La Vega. 1952. Florinda, Remedios Vicente, Angelita, alcalde Luis Sariego, (?), America y Mª Luz Moro Gutelart (practicanta); agachados: (?), Valdes:

Foto de José Luis Cabo Sariego

Alumnos de la escuela de La Vega con el maestro D. José Antonio. 1954:


Maestros de las Escuelas Públicas de Riosa. 06-06-1954:

Foto de José Luis Cabo Sariego

Año 1954. Gelita Riera, Monse, Fifi y Gelita con la maestra, Dª. Florinda Sariego Fernández, junto al "bebederu" de la plaza del Ayuntamiento de Riosa, en La Vega:

Foto de José Luis Cabo Sariego

Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández. 1954:


Alumnos de la escuela de La Vega, con el maestro D. Bernardino Cárcaba. 1955-1956:


Alumnos de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández.1955-1956:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández.1956-1957:


En el año 1957 se llevaron a cabo obras de reparación de la escuelas de la Vega, adjudicadas por concierto directo al albañil Samuel Pérez García, de Villamer, por importe de  dos mil setecientas pesetas. 

Reparación de las escuelas de La Vega en el año 1957:



    
Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández. 1957-1958:


Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández. 1959-1960:


Alumnas de la escuela de La Vega de Riosa, de excursión en Oviedo. Visita a La Catedral y al Monte Naranco con su maestra, Dª. Florinda Sariego Fernández:


Alumnas de la escuela de La Vega de Riosa, de excursión en Oviedo. Visita a La Catedral y al Monte Naranco con su maestra, Dª. Florinda Sariego Fernández:

Foto de José Luis Cabo Sariego

Escuelas de La Vega finales de la década de los 50:



Alumnas de la escuela de La Vega con la maestra Dª Florinda Sariego Fernández.  1957-1958:


Alumnos de la escuela de la Vega en el año 1967 con el maestro D. Miguel:


Alumnas y alumnos de la escuela de la Vega en el año 1967 con la maestra Dª Florinda y el maestro D. Miguel:

Foto de José Luis Cabo Sariego
La maestra Dª Florinda Sa
riego con algunas de sus alumnas, en la cuesta antes de llegar a las Escuelas de La Vega:


Alumnos de la escuela de la Vega a finales de la década de los 60 con el maestro en el año 1967 con el maestro: 
Alumnas y alumnos de la escuela de la Vega. Año 1970-1971:


    De todos los maestros que ejercieron la docencia en las Escuelas de La Vega, hemos de hacer mención especial a dos de ellos, por un lado D. Vicente Villar, que impartió clases desde 1931 a 1950 y Dª. Florinda Sariego que lo hizo de 1938 a 1969.
    Dª. Florinda fue compañera de trabajo del maestro D. Vicente Villar, durante gran parte del periodo  que éste ejerció la docencia, en la  escuela de La Vega, sin embargo, una vez que D. Vicente se trasladó a Oviedo en el año 1950, ella siguió dando clases a las alumnas de La Vega  varios años años más. De hecho en el año 1967 aún ejercía la docencia.
    Fueron dos maestros muy queridos, de hecho a ambos, sus alumnos y alumnas, respectivamente, les rindieron sendos homenajes, a D. Vicente en el año 1975 y a Dª Florinda en el año 1982.

20 de septiembre de 1975. Homenaje al maestro D. Vicente Villar, quien ejerció la docencia en la escuela de niños de La Vega desde 1931 hasta  los inicios de la década de los años de 1950 ( más de 20 años):



Después de la foto con muchos de sus exalumnos delante de las Escuelas de La Vega,  se reunieron el el bar restaurante "El Oreyán". D. Vicente Villar  dirigiendo unas  palabras de agradecimiento a los asistentes al acto de homenaje:


Homenaje a la maestra Dª Florinda Sariego Fernández por sus más de 30 años de docencia en las escuela de niñas de La Vega  (08-06-1982):


Después de la comida celebrada en el Restaurante "La Gruta", de Oviedo, sus antiguas alumnas, le entregaron una placa conmemorativa y diversos regalos. En la foto Felina haciendo entrega Dª Florinda de un ramo de flores:


María Teresa, le entrega  la placa conmemorativa del homenaje:




Eli, otra de las antiguas alumnas de Dª Florinda, haciéndole entrega de otro regalo:


Aspecto actual después de la última restauración:









Escuela de Los Bayos:
 
Los Bayos:


    A día de hoy no tendría ningún sentido ubicar una escuela en el pequeño pueblo de Los Bayos pero en el primer cuarto del siglo XX, era totalmente lógico. No había carreteras, solo caminos de iglesia. Por otra parte, en el Concejo de Riosa, solamente existían escuelas, en La Vega, Felguera, San Adriano, La Xuncar, Villamer y La Rebolla. Las vertientes este y oeste, del Valle de Los Bayos  y el Cordal  no tenían escuela y Los Bayos era un punto central equidistante de todos los pueblos a la redonda, de ahí que los niñ@s de los pueblos del Fresneal, La Cuba, Les Llanes, La Zorera Les Llanes, El Cantu la Vara, La Vara, El Cantu, el Praulorto, La Castañar acudieran a a la escuela de Los Bayos; también, a pesar de estar en el Valle de Llamo, acudían niños procedentes de los pueblos de Piedrapico, El Huespe y La Ablanosa. Los niños de estos tres pueblos se repartían entre las Escuelas de San Adriano y Los Bayos.  
    La Escuela de Los Bayos no siempre estuvo ubicada en el mismo edificio, incluso existen documentos y planos de un edificio adquirido por el Ayuntamiento en el año 1947 para escuela y casa habitación del maestro (Caja 652/12). También existen planos redactados en el año 1932 por el perito agrícola Gabino Villanueva de la parcela donde se pretendía construir la escuela de los Bayos ( caja 1988/5).


Plano de la finca donde se pretendía construir la escuela de Los bayos en el año 1932. Están redactados por el perito agrícola D Gabino Villanueva Vázquez (01-11-1932):


En la última etapa, antes de construirse la escuela de La Vara, llegó a impartirse clase en un local situado más al norte, hoy destinado a cuadra. 

Año de 1927. Alumn@s de la Escuela mixta de Los Bayos:


Ruinas de la antigua escuela mixta de Los Bayos:


En una segunda etapa y antes de construirse la escuela de La Vara,  se utilizó este edificio, situado entre Los Bayos y La Casillina, como escuela 
mixta de Los Bayos, conocido como la Casa El Quentu. Hoy está destinado a cuadra:



Escuelas  de San Adriano,  La Xuncar y La Rebolla- Grandiella -:

    Según consta en el archivo municipal del Ayuntamiento de Riosa (Caja 198/4), la adjudicación de la construcción de las escuelas de los distritos de La Juncar, Grandiella y San Adriano, se realizó de forma conjunta, siendo adjudicadas con fecha 20 de octubre de 1928 a los contratistas D. Fernando Martínez Fernández, del Colléu y a D. José Vázquez Álvarez, de Doñaxuande,  por importe de 14.249 pesetas. Tenían un presupuesto inicial de 5.200 pesetas cada una. Las obras fueron recibidas definitivamente en las siguientes fechas: Grandiella: 15-9-1929; San Adriano 22-9-1929 y La Juncar: 19-1- de 1930.
    En la memoria que figura en el expediente, ante la tardanza en la concesión de la subvención estatal que había solicitado el Ayuntamiento, se decide la construcción de estas tres escuelas por cuenta del Ayuntamiento, utilizándose un mismo diseño para las tres, de ahí su semejanza. 
    Los planos utilizados en la construcción de la Escuela de Villamer son idénticos a los de estas tres escuelas. Por otra parte, los vecinos participan, en las cuatro, en su financiación, bien mediante aportación económica, prestación personal o donación de materiales. 












Acta de subasta de las escuelas de distritos de La Juncar, Grandiella y San Adriano. Las tres escuelas fueron proyectadas de forma conjunta, siendo adjudicadas con fecha 20 de octubre de 1928 a los contratistas D. Fernando Martínez Fernández y a D. José Vázquez Álvarez por importe de 14.249 pesetas:

 







San Adriano. En primer plano podemos ver el edificio de la antigua escuela del pueblo así como la casa del maestro, frente a a la panera:


Edificio de la escuela mixta de San Adriano, hoy reformado y destinado a vivienda:


  



  A la escuela de San Adriano, acudían los niñ@s de los pueblos de Rioseco, Llamo, Les Texeres, San Adriano, La Cantera, Los Caleyos, La Ablanosa, El Huespe y Piedrapico, aunque algunos niños del Huespe y La Ablanosa, iban a la Escuela de Los Bayos, bien en Los Bayos o en la Casa El Quentu. Una vez construidas las escuelas de Llamo (1961) y La Cantera (1965) los niños de estos pueblos y su entorno recibieron enseñanza en las nuevas escuelas. 
    Esta escuela fue adquirida por D. José Antonio Llano, una vez desafectada de la enseñanza y sacada a publica subasta después de la Concentración Escolar en el Colegio publico de La Ará en el año 1973.
   Ha sido restaurada manteniéndose en lo fundamental, su antiguo diseño, con excepción de la altura, tal como se puede apreciar en las fotos.


 
1956. Algunos alumn@s de la escuela de San Adriano que hicieron la primera comunión en la capilla de San Adriano, con la maestra Dª Rogelia Cienfuegos Rodriguez:


Año de 1957, alumnas de la escuela mixta de San Adriano con su maestra Dª Delfina:


Edificio de la escuela mixta de San Adriano, hoy reformado y destinado a vivienda. Tal como se puede apreciar, los arcos de las ventanas, están construidos con piedra toba, muy abundante en las márgenes del Río Llamo a su paso por las inmediaciones del cercano pueblo de Llamo:





Tal como se puede apreciar, el arco de la puerta de entrada, está construidos con piedra toba, muy abundante en las márgenes del Río Llamo a su paso por las inmediaciones del cercano pueblo de Llamo:


Plaza en San Adriano donde se encuentran los antiguos edificios de la escuela y la casa del maestro



Portal de la antigua escuela de San Adriano hoy destinada a vivienda:



La casa del maestro de San Adriano, restaurada  después de haber sido adjudicada en publica subasta y a la que se le ha dotado de un porche:


    La Casa del maestro de San Adriano, según figura en el archivo municipal del Ayuntamiento de Riosa (Caja 198/2)  fue construida en el año 1925, bajo el mandato del Alcalde D. Manuel Álvarez - como la escuela -, siendo adjudicada a Francisco Fernández Hevia, de las Tejeras por importe de  4.225 pts. En el expediente, constan la Memoria; los planos del maestro de obra, Manuel Álvarez; el anexo 2 con la cubicación de las obras de fábrica, madera y hierro; el pliego de cláusulas  facultativas que junto con las general regirían la adjudicación; un ejemplar del Boletín de la provincia de Oviedo en el que anuncia la subasta (nº 126, de 6 de junio de 1925); la única propuesta fue la presentada por D. Francisco Fernández Hevia de Les Texeres.  

    En la memoria se menciona la dificultad  para encontrar un local (dos establos) cercano  al lugar donde sería construida la futura escuela de San Adriano que, en ese momento, estaba en proyecto por parte del Estado. La casa tendría cuatro habitaciones, que se describen en los planos.

Edificio de la antigua Casa del Maestro, en San Adriano:

Legajo de la caja 198/2 -año 1925 - del archivo municipal donde figura el expediente de construcción de la casa del maestro de San Adriano:
























Casa del Maestro de San Adriano situada frente a la panera. Tiene una placa de madera que la identifica como tal. Hoy es de propiedad particular:


Casa del Maestro de San Adriano con el porche colocado después de la última modificación:


Escuela de la Xuncar - La Juncar -

    El expediente para la construcción de la escuela de la Juncar fue tramitado de forma conjunta con las de San Adriano y la Rebolla, del distrito de Grandiella, siendo adjudicadas, con fecha  20 de octubre de 1928, a los contratistas D. Fernando Martínez Fernández y a D. José Vázquez Álvarez por importe de 14.249 pesetas

La Xuncar. La escuela estaba un poco apartada del pueblo. La podemos ver  en esta foto. Es el edificio aislado que se encuentra a la derecha de la foto y  en la zona intermedia, al borde de la mata de castaños y que aparece señalado:


Estado actual del antiguo edificio de la Escuela mixta de La Xuncar. El portal  ha sido cerrado con ladrillo, colocando como puerta la de acceso a la escuela y un doble ventanal de madera - el que estaba en la fachada  suroeste - :






Alumno@s de la Escuela de la Xuncar, 31 de marzo de 1954:


Escuela de La Rebolla -Distrito de Grandiella -

En el año 1928, se construyó en La Rebolla la escuela mixta del distrito de Grandiella. Se había instruido un único expediente para los distritos de La Juncar, Grandiella y San Adrianosiendo adjudicadas de forma conjunta con fecha 20 de octubre de 1928 a los contratistas D. Fernando Martínez Fernández y a D. José Vázquez Álvarez por importe de 14.249 pesetas.
     A esta escuela acudían los niñ@s de los pueblos de La Rebolla, La Cebaltorno, Les Gateres, Grandiella el Quentu, El Campón, Purció, El Teleno y la Zorera de Purció, incluso alguno procedente del pueblo de Pandoto (Morcín), hasta que se construyó la nueva escuela y la casa del maestr@ en Les Gateres en el año 1966.
Una vez llevada a cabo la concentración escolar, en el Colegio Publico de L´Ará, fue otra de las escuelas desafectadas  de la enseñanza y vendidas en subasta publica (1977)

En esta foto se pueden ver algunos de los pueblos del Valle de Grandiella cuyos niñ@s recibieron enseñanza, primero en la escuela de la Rebolla (1928) y, a partir del año 1966 en la nueva escuela de Les Gateres:



Acta de recepción definitiva de la escuela de La Rebolla en el distrito de Grandiella:






Estado actual del antiguo edificio de la Escuela mixta de La Rebolla- Grandiella:



 

    Según figura en el archivo municipal  de Riosa (Caja 198/14), en el año 1966, se llevó a cabo la construcción de la nueva escuela y casa-habitación del maestro  por el Servicio de Cooperación de la Diputación Provincial, en Les Gateres. 

Nueva escuela de Grandiella y casa habitación del maestro construida  en el el año 1966. Después de la desafectación de la enseñanza fue  vendida mediante subasta pública. Fue reformada y este es su aspecto actual. Hoy, el edificio, en su totalidad, está destinado a vivienda:




Alumnos de la nueva escuela mixta de Grandiella en el año 1971, con su maestra Dª. Honorina:
  

  Tanto en el caso de San Adriano como en el distrito de Grandiella, llama la atención que las casas para el maestro fueron construidas  antes que las escuelas. 
 La construcción de la primera casa para el maestro del distrito de Grandiella, fue adjudicada a D. Manuel Álvarez Pando, de Las Agüeras, por doce mil novecientas setenta y cinco pesetas, según recoge el acta de subasta de 15 de junio de 1927, por lo tanto, se llevó a cabo antes de la adjudicación de la escuela que tuvo lugar un año más tarde. Para levantar la casa del maestro se adquirió un amplio solar con destina a la casa y a la futura escuela que estaba proyectada construir  al lado de la misma.
    En el expediente figura la memoria el presupuesto de la obra, el pliego de cláusulas facultativas (07-03-1927), el anuncio de la subasta, en el Boletín oficial y en el diario Región ..., el acta de subasta de 15 de junio de 1927, posteriormente aprobada por el pleno municipal en sesión de fecha 28 de junio de 1927.
    En el anuncio se sometía a licitación  la casa del maestro y la reforma y reparación de la Casa Consistorial de forma conjunta.

Expediente con la memoria, el presupuesto de la obra, el pliego de cláusulas facultativas (07-03-1927), los planos, el anuncio de la subasta, en el Boletín oficial y en el diario Región ..., el acta de subasta de 15 de junio de 1927, de la Casa  del maestr@ de La Rebolla en el distrito de Grandiella ..:
















Proposición presentada por D. Manuel Álvarez Pando:


Acta de la subasta:



Comunicación al adjudicatario  para que inicie las obras de forma inmediata:


 (Caja 198/3 del Archivo municipal de Riosa).

Escuela mixta de Villamer 1929:


Edificio de la Escuela de Villamer, hoy destinado a vivienda. El portal ha sido incorporado a la vivienda, dotándolo de un gran ventanal:


Villamer:


    La construcción de la escuela de Villamer fue adjudicada con fecha 9 de marzo de 1929 al contratista  D. Manuel Álvarez Pando, de Las Agüeras, por importe de dos mil quinientas sesenta y ocho pesetas con setenta y seis céntimos  (2.568,76 pts) 
    Los materiales de madera, ladrillos y tejas fueron aprovechados de la Casa del Rebollal, propiedad de la la sociedad Hulleras de Riosa, los cuales fueron cedidos por la empresa al Ayuntamiento con el fin de abaratar costes.
    Por su parte los vecinos de Villamer, El Rebollal y Canales contribuyeron, asimismo, económicamente  y mediante prestaciones personales  en el transporte de materiales. En el expediente figuran las cantidades aportadas.

Expediente instruido para la construcción de la escuela de Villamer en el año 1929 (caja198/4):












En el pueblo de Villamer, en el los años 2016-1017, existía una escuela particular denominada "La Montañesa":


Alumnas y alumnos escuela de Villamer 1949-1950:


Alumnas y alumnos de la escuela mixta de Villamer en el año 1953 con la maestra Gelita:


Alumnos de la escuela de Villamer en el año 1959-60 con la maestra Soledad:


Alumnas de la escuela mixta de Villamer en el año 1959  en el portal de la escuela:


Alumnas y alumnos de la escuela mixta de Villamer en el año 1965 con la maestra:


Edificio de la antigua escuela de Villamer, hoy destinado a vivienda:



Segunda etapa en la construcción de escuelas unitarias en los diferentes pueblos de Riosa.-

    Iniciado el siglo XX  se llevó a cabo la construcción de diferentes edificios destinados a la enseñanza o se aprovecharon edificios  ya construidos para dedicarlos a impartir la enseñanza. Podríamos considerarlo como la primera etapa. Comienza con la construcción de las escuelas de La Vega (1907-1909) - una de niños y otra de niñas- y, algunos años más tarde, se continuó con  la edificación de escuelas  en los pueblos rurales con carácter mixto: Los Bayos (1927), donde se aprovechó una edificación ya existente; San Adriano (1929), Villamer (1929), La Xuncar (1930); en Felguera, en 1931, también se aprovecharon edificios para impartir la enseñanza como el del  del Cantón y posteriormente el de la Curva El Curión, para dedicarlos a la enseñanza. 
   Segunda etapa.-
 Entre los años 1950 y 1960el auge de la minería del carbón, atrajo hacia Riosa un gran número de personas en busca de una vida mejor procedentes de Andalucía, Extremadura, La Meseta, Galicia ..., incluso del vecino país, Portugal. En un principio, se distribuyeron por todos los pueblos de Riosa, aprovechando todo tipo de edificaciones. Estaba claro que no eran las mejores condiciones para  las familias  que llegaban. Para paliar este problema,  se construyeron en Riosa 338 viviendas, 228 en L´Ará y 110 en Nixeres. 
   La construcción de estas viviendas supuso un aumento considerable del número de habitantes ya que, por otra parte fueron años de una natalidad alta. Según datos del Registro Civil, los nacimientos en Riosa durante este periodo, en algunos años,  llegaban hasta cien niñ@s al año.
   En este contexto se inicia la segunda etapa, con la construcción de la nueva escuela de Felguera (1954-1959), Llamo (1960-1961), La Cantera (1965), Doñaxuande (1965) y Grandiella (1966), el Cordal -La Vara- y Muriellos (1962-1967).  
Durante esta época, sobre todo en los primeros años, la intención que parecía prevalecer era la de fortalecer  el modelo de la Escuela Rural, con  construcciones de unidades unitarias de enseñanza en los diferentes pueblos, sin embargo, a partir del desarrollo expansivo (años 1959-1960), va perdiendo peso. Se potencia una sociedad industrial en la que los valores de la naturaleza y los modelos culturales,  escolares y religiosos  de antaño son sustituidos, surgiendo así otro tipo de cultura. La antigua  escuela unitaria de los pueblos pierde importancia y se producen modificaciones relevantes en los modelos de enseñanza, con reformas educativas de gran calado en los últimos treinta años del siglo XX.
    A principios de los años sesenta son muchos los españoles que van a trabajar a diferentes puntos de Europa Occidental, abandonando los pueblos rurales. Por otra parte, en España, también surge un desplazamiento de población en las zonas rurales con destino a las zonas industriales de las grandes ciudades donde se ubican las fábricas y los servicios son de mayor calidad. Todo ello supuso la despoblación en los núcleos rurales y, con ello, la desaparición  de muchas escuelas de los pueblos.
    Ante esta situación se hace necesario un cambio, una reorganización para poder atender  este giro que evoluciona de forma muy rápida.

Construcción de la Escuela y vivienda para el maestro en Llamo (1960-1961):


Edificio de la antigua casa de la escuela de Llamo y casa del maestro (1960-1961), reformado y destinado a vivienda:
 


Niñ@s de la escuela de Llamo que hicieron  su primera comunión en San Adriano:


Edificio de la antigua casa de la escuela de Doñaxuande y casa del maestro (1964-1965), reformado y destinado a vivienda:

    Fue construida por el Servicio de Cooperación de la Diputación Provincial, con fecha 27-1-1965 se  autoriza la ocupación y el uso del edificio a los fines de escuela y vivienda del maestro.
Caja 198/12 Archivo municipal de Riosa


Año de 1965, la maestra Dª Remedios impartiendo clase en la escuela de Doñaxuande:

Construcción Escuela y vivienda para el maestro en La Cantera 1965:

Caja 198/14 Archivo municipal de Riosa.  Servicio de Cooperación de la Diputación. Adjudicada al contratista D. Ramón Álvarez



Construcción Escuela y vivienda para el maestro La Vara - El Cordal- :

    Se la conocía y se la denominaba como Escuela del Cantu La Vara, pero está ubicada en La Vara- El Cordal -,. A ella acudían los niñ@s de los pueblos de Cantu, El Praulorto, La Vara, El Cantu la Vara, incluso, algunos niñ@s de La Ablanosa y el Guespe:

Fachada norte de la Escuela de La Vara (Riosa):




El edificio de la antigua escuela y casa habitación del maestr@ de La Vara, ha sido reformado y destinada en su totalidad  a vivienda¨


Alumn@s de la escuela de La Vara  en el año 1963:


Construcción Escuela y vivienda para el maestro en Muriellos 1962-1967:

   De todas las escuelas con casa habitación construidas en la segunda etapa, es la única que aún conserva el aspecto del proyecto inicial ya que, a pesar de ser de propiedad particular, no ha sido reformada.
 Fue construida por el Servicio de Cooperación de la Diputación Provincial. Inicialmente, se adjudicó al contratista D. Maximino Fernández Cabo, sin embargo durante la construcción surgieron algunos contratiempos y, finalmente, se autorizó al Ayuntamiento de Riosa  para que terminara la obra, de ahí el largo periodo de tiempo entre el inicio y su puesta en funcionamiento.  Las obras concluyeron en en el año 1967.
Caja 198/11 Archivo municipal de Riosa

Edificio de la escuela y de la Casa del Maestro.En este modelo, la escuela se ubicaba en la planta baja y en la planta superior la casa del maestr@:


Fachada sur de la antigua escuela de Muriellos:




Fachada norte de la de la antigua escuela de Muriellos:


Grupo Escolar mixto de L´Ará:

    Como decíamos, entre los años 1950 y 1960, el auge de la minería del carbón, atrajo hacia Riosa un gran número de personas en busca de una vida mejor procedentes de Andalucía, Extremadura, La Meseta, Galicia ... En un principio, se distribuyeron por todos los pueblos de Riosa, aprovechando todo tipo de edificaciones. Estaba claro que no eran las mejores condiciones para  las familias  que llegaban. Para paliar este problema,  se construyeron en Riosa 338 viviendas, 228 en L´Ará y 110 en Nixeres. 
   La construcción de estas viviendas supuso un aumento considerable del número de habitantes ya que, por otra parte fueron años de una natalidad alta. Según datos del Registro Civil, los nacimientos en Riosa durante este periodo, en algunos años,  llegaban hasta cien niñ@s al año.   
    En el aspecto educativo y en los primeros años de la década de los años de 1950, este aumento tan considerable del número de habitantes supuso un grave problema, ya que todos los niños y niñas de los núcleos de L´Ara, Prunadiella, Las Agüeras, Piedrafita, La Vega, Nixeres y La Pontialta, junto con los de los pueblos rurales de Muriellos, El Colléu, Doñaxuande, La Marina, El Cabornín, Cereceo, La Casería y Fresneo acudían a las Escuelas de La Vega. 
    La matricula de alumnos, tanto en la escuela de niñas como en la de niños, rondaba la cifra de cien. Ello dio lugar a que los maestros se vieran obligados a dividirlos en dos turnos, por la mañana y por la tarde.  
    En un principio se buscaron soluciones provisionales, llegando a impartirse clases en L´Ará, en la planta baja de algunos pabellones de las recién construidas viviendas y en edificios particulares.

Año 1957-1958. Alumn@s de las escuelas de La Ará, antes de la construcción del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará (1962), con su maestra la Srtª Fifi. Es esta caso en un edificio propiedad Dionisio Álvarez Villanueva:


Alumn@s de las escuelas de L´ Ará, antes de la construcción del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará (1962), con su maestra la Srtª Clarita:


1962. Alumn@s de las escuelas de L´ Ará, antes de la construcción del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará :


    Finalmente se construyó el  Grupo Escolar Mixto de L´Ará (1962) que vino a solucionar  el problema, aunque no de forma completa. Estaba dotado con 17 unidades de carácter mixto, con comedor escolar.
     





Edificio de viviendas para los maestros (1962-1963):

    Los maestros, en aquella época, por ley, debían residir en los pueblos donde impartían la enseñanza siendo, asimismo obligatorio para la Administración, facilitarles una vivienda. Solamente en el caso de que no fuera posible, podían percibir en nómina una compensación económica denominada "casa-habitación". 
    Para cumplir con la obligación de facilitar vivienda a los maestros del Grupo escolar mixto (1962), se construyó en el año 1963 un edificio de cinco plantas y sótano con 14 viviendas  situado a la orilla del río Riosa, aguas abajo del puente que separa Prunadiella de L´Ará en la carretera  AS-231.  




Foto: Sierra del Aramo

Alumnos del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará con el maestro D. Julio. Año de 1963:


Alumnos del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará de excursión con el maestro D. Maximino:

Foto de la Asociación Tradicional RIXU

Alumnos del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará con los maestros, D. Maximino, D. Julio y D. Bernardo . Año de 1965:

Foto de Asociación tradicional RIXU

1965. Alumnos del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará: 

Foto de Carlos Quintana Rubert

Párvulos del Colegio Viejo (dos cursos) Año de 1969-1970:

Foto de Pleyade Suárez Cortina

Curso 1970-1971. Alumn@s de 4º curso del Colegio Comarcal Mixto de L´Ará:

Foto de Belinda González

Año de 1979. Alumnos de 4º curso de EGB Colegio Comarcal Mixto de La Ará con el maestro D. Avelino:

Foto de Jose Ramón Vázquez Otero

Foto: Sierra del Aramo

Foto: Sierra del Aramo


DESAFECTACIÓN DE LA ENSEÑANZA DE LAS ESCUELAS DE LOS DISTINTOS PUEBLOS DE RIOSA, Y POSTERIOR VENTA EN SUBASTA PÚBLICA, COMO CONSECUENCIA DE LA CONCENTRACIÓN ESCOLAR LLEVADA A CABO EN EL AÑO 1973 EN EL COLEGIO DE L´ARÁ.-

     El rápido deterioro sufrido por los edificios escolares de los diferentes pueblos de Riosa en muy poco tiempo, después de que se dejara de impartir la enseñanza en ellos y que, por otra parte, tampoco hubiese en los pueblos un movimiento asociativo que reclamara la utilización de las antiguas escuelas como centros de servicios sociales etc., hizo que Ayuntamiento de Riosa optara  por la enajenación en publica subasta de los mismos una vez desafectados del servicio publico que venían prestando, adquiriendo así la condición de bienes de propios, requisito imprescindible para poder realizar la subasta.
 El Ayuntamiento tenía intención de destinar el dinero obtenido  en  la subasta en la construcción de las Piscinas Municipales, como así ocurrió.
Caja 606/1 
   Una vez llevada a cabo la concentración escolar en el colegio Comarcal Mixto de La Ará (año 1973), se inicia el expediente para la desafectación del servicio público de las escuelas de Felguera, Muriellos, Llamo, La Cantera, San Adriano, Canto La Vara - La Vara -, Doñajuande, Grandiella, Los Bayos, La Juncar y Villameri con el objeto de calificarlos como bienes de propios.
    Con fecha 25 de noviembre de 1974 se dicta el Decreto de la Alcaldía para el la apertura del correspondiente expediente. En el Pleno de 30 de noviembre de 1974, se acuerda el inicio del  expediente de desafectación. Una vez cumplidos todos los tramites reglamentarios, el Pleno de 24-07-1975, acordó la desafectación del servicio público de los edificios destinadas a escuelas y casas de los maestros a que se hecho referencia.

 Expediente para la desafectación del servicio público de las escuelas de Felguera, Muriellos, Llamo, La Cantera, San Adriano, Canto La Vara - La Vara -, Doñajuande, Grandiella, Los Bayos, La Juncar y Villameri con el objeto de calificarlos como bienes de propios:
     

Decreto de inicio del Expediente:


Informe de Secretario de la la Corporación municipal:


Acuerdo del Pleno municipal (noviembre de 1974)  disponiendo la instrucción del Expediente para la desafectación de los bienes de dominio público destinados al servicio público (escuelas de Felguera, Muriellos, Llamo, La Cantera, San Adriano, Canto La Vara - La Vara -, Doñajuande, Grandiella, Los Bayos, La Juncar y Villameri), con el objeto de calificarlos como bienes de propios:
















SUBASTA DE LAS ESCUELAS DE LOS PUEBLOS DE RIOSA.-

     Las escuelas  y las casas de los maestros de los diferentes pueblos rurales de Riosa -con sus terrenos anejos-, una vez desafectadas como bienes de dominio público destinadas al servicio público mediante el correspondiente expediente (25 de noviembre de 1974),  fueron  sacadas a subasta (acuerdo plenario de 24 de julio de 1976, aclarado por acuerdo de 30 de octubre del  mismo año).
    Fue necesario obtener la autorización previa del Ministerio de la Gobernación que autoriza la subasta por resolución de fecha 4 de diciembre de 1976 con la condición de destinar el importe a los fines propuestos por el Ayuntamiento - construcción de la piscina municipal y, en el caso de que quedara remanente, a la construcción de una plaza de abastos. 


Resolución del Ministerio del Ministerio de la Gobernación de 04-12-1976, por la que se autoriza la enajenación en publica subasta de de solares e inmuebles, de las escuelas y viviendas para maestros en los pueblos de Grandiella, Doñajuandi, El Cordal, Llamo, Muriellos, La Cantera, Felguera, Villameri, La Juncar, San Adriano y Los Bayos:



Anuncio para la enajenación en publica subasta de de solares e inmuebles, de las escuelas y viviendas para maestros en los pueblos de Grandiella, Doñajuandi, El Cordal, Llamo, Muriellos, La Cantera, Felguera, Villameri, La Juncar, San Adriano y Los Bayos:





Pliego de condiciones económico-administrativas  que rigieron la subasta para la enajenación de solares e inmuebles, de las escuelas y viviendas para maestros en los pueblos de Grandiella, Doñajuandi, El Cordal, Llamo, Muriellos, La Cantera, Felguera, Villameri, La Juncar, San Adriano y Los Bayos:




El acta de licitación tuvo lugar el 24 de mayo de 1977 y declarada válida por acuerdo del pleno de fecha 31 de mayo de 1977:





El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 1977, declaró válida la subasta:



  Las adjudicaciones fueron las siguientes:
 - 1ª.-  A. D. José Pello Álvarez, la escuela y casa habitación de Felguera con sus terrenos anexos, por el importe de un millón ciento cincuenta mil pesetas (1.150.000 pts).
 - 2ª.- A D. Juan Martínez Fernández, la escuela y casa habitación de Muriellos con sus terrenos anexos, por el importe de seiscientas veintisiete mil quinientas pesetas (627.500 pts).
 -3ª.- A D. Severino Iglesias Martínez, la escuela de la Juncar, por el importe de setenta y siete mil pesetas (77.000 pts).
 - 4ª.- A D. Juan Antonio Llano Iglesias la escuela y casa habitación con sus terrenos anexos de  La Cantera, por el importe de novecientas setenta mil ochocientas setenta y siete pesetas (970.877 pts).
- 5ª.- A D. Fernando Muñiz Álvarez, la escuela y casa habitación de Doñajuande con sus terrenos anexos, por el importe de un millón veintisiete mil pesetas (1.027.000 pts.).
 - 6ª.-  A D. Silvino García Vázquez, la escuela y casa habitación nueva de Grandiella -Les Gateres- con sus terrenos anexos, por el importe de un millón quinientas mil pesetas (1.500.000 pts).
 - 7ª.- A D. Silvino Muñiz Fernández, la antigua escuela y casa habitación de Grandiella -La Rebolla-, por el importe de cincuenta mil doscientas pesetas (50.200 pts).
  Quedaron desiertas  las escuelas de Llamo, San Adriano, casa del maestro de San Adriano, escuela del Cordal (La Vara), Escuela de Villamer y el solar de la antigua escuela de Los Bayos.
Archivo Municipal de Riosa 1977 Caja 606/2 (Empezó el 26-11-74)
 Segunda subasta.-
El expediente  para la enajenación de las escuelas cuya licitación quedó desierta se inicia en el mes de febrero de 1980 y termina el 17 de octubre del mismo año. (Expediente de Pública Subasta de las escuelas de Llamo, Canto La Vara, San Adriano, Villamer y Los Bayos -solar-). 

Inicio del expediente para la enajenación de las escuelas  y viviendas de maestros de Llamo, Canto La Vara (Cordal), San Adriano, Villamer y Los Bayos:


Tasación de los edificios-escuelas efectuada por el arquitecto de la Diputación Provincial de Oviedo, D. Manuel Bobes Ortíz:


Acuerdo plenario de fecha 07-03-1980, por el que se acuerda la enajenación en pública subasta de las escuelas  y viviendas de maestros de Llamo, Canto La Vara (Cordal), San Adriano, Villamer y Los Bayos:



Pliego de condiciones económico-administrativas que habrá de regir la subasta para la enajenación de los antiguos edificios escolares y terrenos anexos de los pueblos de Llamo, San Adriano, El Cordal, Villamer y Los Bayos:




Información publica  en el Boletín Oficial de la Provincia (28-07-1980), de la subasta de las escuelas de Llamo, San Adriano, Cordal, Villame y Los Bayos:






Anuncio de la subasta en el diario La Voz de Asturias (28-09-1980):


Anuncio de la subasta
 de la subasta de las escuelas de Llamo, San Adriano, Cordal, Villamer y Los Bayos en el Boletín Oficial de la Provincia (09-09-1980): 



Acta de la subasta celebrada el 4 de octubre de 1980:
 


Acuerdo del Pleno Municipal de 17 de octubre de  1980 por el que  resuelve declarar válida la subasta de las escuelas de Llamo, El Cordal -La Vara -, Escuela de San Adriano, casa del Maestro de San Adriano, Escuela de Villamer y solar de la escuela de de Los Bayos:


Notificación a los adjudicatarios:


    La licitación tiene lugar el día 4 de octubre de 1980  y es validada por acuerdo del Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 17-10-1980 Las adjudicaciones fueron las siguientes:
- 1ª.- A D. Enrique Cabo García, la escuela de Villamer, por el importe de ochenta y un mil seis pesetas (81.006 pts.) 
- 2ª.- A D. José Antonio Llano Martínez,  la escuela de San Adriano, por el importe de  treinta mil ciento veinticinco pesetas (30.125 pts.)
-3ª.- A D.  José Manuel López Méndez, la casa del maestr@ de San Adriano,  por importe de treinta y cinco mil  ciento veinticinco pesetas (35.125 pts.)
- 4ª.- A D. Edelmiro González Montes, la escuela y casa del maestr@ del Cordal - La Vara -, por el importe de  ochocientas mil pesetas (800.000 pts.).
- 5ª.- A Dª.  Margarita Fernández Fernández, la escuela y casa del maestr@ de Llamo por el importe de quinientas cincuenta y cinco mil pesetas (555.000 pts.).
- 6ª.- A D. Daniel Villanueva Muñiz, la escuela de Los Bayos (solar), por el importe de quince mil pesetas (15.000 pts.).
Archivo municipal de Riosa, año de 1980 Caja 606/3

La subasta de las escuelas de los pueblos rurales  de Riosa, tuvo repercusión en la prensa:





EL NUEVO COLEGIO DE ENSEÑANA GENERAL BÁSICA (E.G.B.) DE L´ARÁ ,COLEGIO ALCALDE PROSPERO MARTÍNEZ SUÁREZ .-

    Durante el periodo comprendido entre los año 1973 y hasta el inicio de la década de 1990, el número de alumnos/as que recibían enseñanza en el Colegio Comarcal Mixto de L´Ará, osciló entre 550-580, distribuidos en dos clases de párvulos y 8 cursos de EGB (dos aulas por curso).
    Era un elevado número de alumnos/as y, por otra parte, las instalaciones no eran las más idóneas  para mantener un buen nivel de enseñanza.     Todo este cúmulo de circunstancias hizo que el Ayuntamiento de Riosa, propusiera en los años 1983-1985, la construcción de un nuevo Colegio Público de EGB en L´Ará que es el que se utiliza en la actualidad, al que se  dio el nombre de Alcalde Prospero Martínez Suárez. 
    Se edificó en los terrenos cedidos por el propio Ayuntamiento en el paraje de Las Agüeras y que habían sido adquiridos a Ensidesa-Minas de Riosa en el año 1972.
  El Pleno Municipal de fecha 28 de julio de 1983 acordó la cesión gratuita de diez mil metros cuadrados a favor de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia para la construcción de un Colegio de E.G.B. en la finca municipal denominada La Ará, El LLerón y Las Agüeras. El expediente se inicia en el mes de Julio de 1883 y terminó en diciembre de 1985, con la construcción y puesta en servicio del nuevo colegio..
    Por acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 8 de noviembre de 1984, se concede licencia municipal a la Dirección Provincial de Educación y Ciencia para la construcción del Centro de E.G.B. (ocho unidades) en La Ará. 
   En los últimos años, el descenso poblacional y el cierre de la explotación minera del Pozo Montsacro (diciembre de 2014) ha supuesto una disminución importantísima en el número de los alumnos que reciben la enseñanza en este colegio hasta el punto que, en el año 2022, el Colegio Público de L´Ará, solamente contaba con 64 alumnos repartidos en 5 unidades: infantil (dos cursos) y primaria (tres cursos).
(Archivo municipal de Riosa. Caja 606/6 y Caja 142/2) 

Colegio Público de L´Ará:







 Transcurridos veintiséis años después de su construcción en el año 1984, el colegio necesitaba obras de  de adecuación que excedían el mantenimiento habitual. Por esa razón, en el año 2010 se realizaron obras de rehabilitación y mejora en el Colegio Público de L´Ará con cargo al "Fondo Estatal para el empleo y la sostenibilidad local".
 La obra fue adjudicada por la Junta de Gobierno Local (18-03-2010) a la empresa "Contratas Rubelus S.L. por importe de 26.093,70 €. que la finalizó el 13 de junio de 2010. El importe total de la obra, por aumentos justificados, fue de  28.698,56 €











Comentarios